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          21 de mayo de 2026 | hace 2 meses

          Fallo contra Almundo: condenan a la agencia por reembolsos insuficientes de viajes cancelados en pandemia

          La Justicia de Mar del Plata ratificó la responsabilidad de la empresa por incumplimiento contractual, aunque ajustó los montos indemnizatorios por daño moral y punitivo tras la apelación de las partes.

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          Los demandantes habían contratado vuelos a Europa por Air France pero el viaje se suspendió por la pandemia.
          Los demandantes habían contratado vuelos a Europa por Air France pero el viaje se suspendió por la pandemia.

          La Sala III de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mar del Plata confirmó la condena contra la firma Almundo.com por el reintegro inadecuado de pasajes aéreos internacionales. El tribunal resolvió que la agencia debe indemnizar a los demandantes, luego de que estos recibieran en 2022 un reembolso en pesos basado en valores nominales de 2020, ignorando la devaluación de la moneda.

          El conflicto se originó por la cancelación de cinco pasajes a Europa con la aerolínea Air France debido a las restricciones sanitarias del COVID-19. Los magistrados Alfredo Méndez y Ricardo Monterisi determinaron que, si bien el pago original fue en pesos, la moneda contractual para vuelos internacionales es la divisa extranjera. Por lo tanto, la restitución debe ser representativa del costo del servicio y no simplemente del monto nominal abonado años atrás.

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          En su resolución, la Cámara modificó parcialmente el fallo de primera instancia. Respecto al daño moral, redujo la compensación a un valor equivalente a USD 5.980 (7.543.701,25 ARS), al considerar desproporcionada la sanción inicial de cuarenta canastas ante un tema legal que admitía distintas interpretaciones.

          Con este cierre procesal, la Justicia subraya el deber de información y la responsabilidad objetiva de las agencias de viajes como intermediarias en la cadena de consumo, garantizando que el consumidor perciba un valor equivalente al servicio contratado. El fallo ya ha sido registrado y notificado a las partes bajo el número de expediente 177.874.

           

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