La Justicia reconoció la filiación de una mujer marplatense tras una prueba de ADN realizada a su padre fallecido
Se logró tras una prueba de ADN realizada mediante exhumación de restos en el Cementerio La Loma. Los hijos reconocidos del fallecido respaldaron el reclamo y la reconocieron como hermana.
:format(webp):quality(40)/https://qznoticiascdn.eleco.com.ar/media/2026/05/adn.jpeg)
El Juzgado Civil y Comercial N° 9 de Mar del Plata hizo lugar a una acción de reclamación de filiación y ordenó su inscripción como hija de una persona fallecida, luego de que una pericia genética confirmara la paternidad con una probabilidad superior al 99,999999%.
La sentencia fue dictada este martes por el juez Guillermo Abel Pocatino, quien resolvió reconocer legalmente el vínculo filial reclamado por la demandante contra la sucesión de C.A.L. y sus hijos reconocidos, quienes acompañaron el pedido judicial y reconocieron públicamente a la mujer como su hermana.
La causa se inició en octubre de 2024, cuando la demandante promovió una acción judicial para obtener el reconocimiento formal de su identidad biológica. Según relató en la demanda, su madre mantuvo una relación de pareja durante años con C.A.L..
La mujer sostuvo que, pese a no haber sido reconocida legalmente al nacer, siempre mantuvo una relación afectiva y familiar con su padre y con sus medio hermanos. En marzo de 2025, ambos hijos reconocidos se presentaron ante la Justicia junto a la actora para respaldar el reclamo. En el escrito afirmaron que desde pequeños sabían de la existencia de su hermana y señalaron que siempre recibió “trato de hija” por parte de su padre.
Durante el proceso, el juzgado ordenó una prueba genética mediante exhumación de restos en el Cementerio La Loma de Mar del Plata. El estudio de ADN, realizado por el Laboratorio de Análisis Comparativo de ADN de la Asesoría Pericial, concluyó que los resultados “no excluyen” a C.A.L. como padre biológico de reclamante y estableció una probabilidad de paternidad superior al 99,999999%.
En la sentencia, el magistrado remarcó la importancia constitucional del derecho a la identidad y sostuvo que el análisis genético constituye actualmente “un método principal y autosuficiente” para acreditar vínculos filiatorios.
Finalmente, el juez hizo lugar a la demanda y ordenó al Registro Provincial de las Personas inscribir a la peticionante como hija de C.A.L. Las costas del proceso fueron impuestas en el orden causado debido a la inexistencia de controversia entre las partes.
