Confirman condenas por encubrimiento agravado tras una millonaria estafa bancaria
La Cámara Penal de Mar del Plata ratificó las penas contra cuatro acusados que recibieron en sus cuentas más de $2,5 millones provenientes de una maniobra de “hackeo” vinculada a la aplicación BNA+.
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La Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Mar del Plata confirmó la condena contra cuatro personas halladas culpables del delito de encubrimiento agravado, luego de comprobarse que recibieron dinero transferido desde una cuenta bancaria vaciada tras el robo de un teléfono celular en la Ciudad de Buenos Aires.
El fallo confirmó la sentencia dictada por el Juzgado Correccional N°3, que había condenado a los imputados a un año y seis meses de prisión de ejecución condicional, además de reglas de conducta y tareas comunitarias.
Según se acreditó en el expediente, el 11 de abril de 2022 los acusados recibieron en distintas cuentas bancarias un total de $2.523.860 transferidos desde una cuenta conjunta del Banco Nación cuyos titulares habían sufrido previamente el robo de un iPhone y el posterior acceso ilegal a la aplicación BNA+.
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La investigación determinó que, tras la sustracción del teléfono ocurrida tres días antes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, autores aún no identificados concretaron maniobras de vaciamiento de fondos mediante múltiples transferencias electrónicas.
Las defensas apelaron la condena al sostener que no existía prueba suficiente sobre el conocimiento del origen ilícito del dinero. Sin embargo, los camaristas Alfredo Deleonardis y Pablo Poggetto rechazaron esos planteos y consideraron acreditado que los imputados actuaron con “ánimo de lucro” y pleno conocimiento de las operaciones.
El tribunal valoró especialmente la cantidad de transferencias realizadas, el fraccionamiento de los montos y la inmediatez de los movimientos bancarios, elementos que —según sostuvo— descartaron cualquier hipótesis de desconocimiento.
Con la resolución dictada este 12 de mayo, la Cámara dejó firme la condena por encubrimiento agravado y mantuvo las medidas impuestas: fijar domicilio, someterse al control del Patronato de Liberados durante tres años y realizar tareas comunitarias no remuneradas durante un año.
