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          Judiciales13 de mayo de 2026 | hace 2 meses

          Condenan a la Empresa de Transportes Peralta Ramos por las lesiones sufridas por dos pasajeras tras una brusca frenada

          La Justicia Civil de Mar del Plata responsabilizó a la firma por un accidente ocurrido en una unidad de la línea 511. Las víctimas habían demandado por los daños físicos y psicológicos sufridos.

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          El siniestro ocurrió a bordo de una unidad de la Línea 511.
          El siniestro ocurrió a bordo de una unidad de la Línea 511.

          La justicia marplatense ordenó a una empresa concesionaria de transporte público a indemnizar a dos pasajeras que resultaron heridas como consecuencia de una brusca frenada, en una sentencia que marca jurisprudencia en la ciudad.

          El fallo fue dictado por el Juzgado Civil y Comercial N°11  en dos causas acumuladas iniciadas por dos pasajeras de la línea 511 contra la Empresa de Transporte Peralta Ramos SACIF y la aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros.

          Según la sentencia, el hecho ocurrió el 13 de diciembre de 2015, alrededor de las 9:55, cuando ambas mujeres viajaban a bordo de un colectivo de la línea 511 que circulaba por avenida Luro y calle Italia.

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          Las demandantes sostuvieron que el conductor realizó una “brutal frenada”, lo que provocó que perdieran el equilibrio y cayeran dentro de la unidad, sufriendo lesiones físicas y secuelas psicológicas. Incluso señalaron que otros pasajeros también se desplomaron sobre ellas.

          Durante el proceso, la empresa negó que el conductor haya efectuado una maniobra brusca y atribuyó la caída a una supuesta falta de precaución de las pasajeras. Sin embargo, el magistrado consideró acreditado el hecho dañoso y remarcó la responsabilidad objetiva del transportista en el marco del contrato de transporte de pasajeros.

          En la resolución, el juez sostuvo que quedó probado tanto el vínculo contractual entre las partes como la producción del daño durante el viaje, destacando testimonios y demás pruebas incorporadas al expediente.

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          Asimismo, el fallo recordó que las empresas de transporte tienen el deber de garantizar la seguridad de los pasajeros desde el inicio hasta la finalización del recorrido, conforme a lo previsto por el Código Civil y Comercial y la jurisprudencia de la Corte Suprema.

          De esta manera, la Justicia hizo lugar a las demandas promovidas por ambas pasajeras y condenó a la empresa Peralta Ramos junto a la aseguradora citada en garantía a responder por los daños derivados del episodio ocurrido en el transporte público marplatense.
           

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