Con cambios en el cálculo y ajuste por inflación, así se implementará la nueva tasa de alumbrado
El Municipio definió cómo se cobrará el tributo: se amplía el área considerada, se aplicará por unidad habitacional y habrá actualizaciones periódicas. Comercios e industrias seguirán dentro de la TSU.
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El gobierno municipal avanzó con la reglamentación de la Tasa de Alumbrado Público y terminó de definir cómo impactará en los contribuyentes. El esquema introduce modificaciones respecto de lo que se había planteado inicialmente y fija criterios que, en los hechos, amplían el alcance del cobro.
La medida quedó establecida a través del Decreto 932/2026, que ordena la aplicación del tributo creado este año a partir de la separación del componente de alumbrado de la Tasa de Servicios Urbanos (TSU). A partir de ahora, la carga se trasladará a la factura de electricidad, mediante convenios firmados con la distribuidora Edea y cooperativas que operan en distintas zonas del distrito.
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Uno de los puntos centrales de la reglamentación es la redefinición de la base de cálculo. Aunque durante el tratamiento de la ordenanza se había indicado que el monto se determinaría en función de las luminarias de la cuadra, el decreto amplía ese criterio. La norma incorpora no solo la calle donde se ubica el inmueble, sino también las arterias que rodean la manzana, dentro de un área de 100 m2.
Este cambio tiene impacto directo en el valor final de la tasa, que se fija en función de la cantidad y tipo de luminarias existentes en ese entorno. El esquema inicial establece montos que parten de $3.500 y superan los $6.700 según la infraestructura de alumbrado considerada.
A su vez, el decreto introduce otra modificación relevante en la forma de cobro: el tributo no se calculará por lote para pasar a aplicarse por unidad habitacional. En los casos donde existan varias viviendas dentro de un mismo terreno sin subdivisión formal ni medidores individuales, el importe se multiplicará según la cantidad de unidades existentes.
El esquema también contempla excepciones. Determinados contribuyentes continuarán abonando el servicio de alumbrado dentro de la TSU, como ocurre con terrenos baldíos sin suministro eléctrico o inmuebles ubicados en zonas sin cobertura. En ese mismo grupo quedan incluidos usuarios encuadrados en categorías tarifarias específicas del servicio eléctrico, como comercios, industrias y grandes consumidores.
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Por último, la reglamentación fija un mecanismo de actualización automática del cuadro tarifario. Los valores se ajustarán cada dos meses en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC), lo que introduce una dinámica de incrementos periódicos atados a la evolución de la inflación.
Con estos lineamientos, el Municipio termina de delinear el funcionamiento de un tributo que, además de modificar la forma de facturación, redefine los criterios de cálculo y suma un esquema de actualización regular, en un contexto de presión sobre los ingresos locales.
