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          Judiciales4 de julio de 2026 | 18:15

          La Justicia rechazó un nuevo intento de cerrar la causa y dos acusados de "La Liga" irán a juicio

          La Cámara de Apelación y Garantías confirmó que Héctor Ricardo Monteros y Miriam Elizabeth Lamas deberán afrontar el debate oral por asociación ilícita. Están acusados de integrar la organización conocida como "La Liga", investigada por presuntas maniobras para apropiarse de inmuebles a través de subastas judiciales.

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          La Cámara confirmó que los dos imputados deberán afrontar el juicio oral previsto para agosto.
          La Cámara confirmó que los dos imputados deberán afrontar el juicio oral previsto para agosto.

          La Justicia de Mar del Plata rechazó un nuevo intento de la defensa de Héctor Ricardo Monteros y Miriam Elizabeth Lamas para poner fin de manera anticipada a la causa en la que ambos están imputados por asociación ilícita y confirmó que deberán enfrentar el juicio oral previsto para el próximo 3 de agosto. Los dos están acusados de integrar la organización conocida como "La Liga", una estructura que, según la investigación judicial, operó durante años mediante un entramado de maniobras destinadas a obtener inmuebles a través de subastas judiciales.

          La Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó la resolución del Tribunal Oral que había rechazado el pedido de sobreseimiento presentado por la defensa y sostuvo que no existen elementos que permitan clausurar el proceso antes del debate.

          Los jueces resolvieron que no existen elementos suficientes para clausurar anticipadamente el proceso y sostuvieron que los argumentos presentados por la defensa deberán ser evaluados durante el juicio oral, ámbito natural para el análisis integral de la prueba.

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          La causa se enmarca en una de las investigaciones por corrupción judicial e inmobiliaria más complejas desarrolladas en Mar del Plata en los últimos años. La pesquisa sostiene que "La Liga" funcionó como una asociación ilícita integrada por martilleros, abogados, gestores y otros operadores que intervenían en ejecuciones y subastas judiciales para direccionar la adquisición de inmuebles, perjudicando a propietarios y acreedores mediante distintas maniobras fraudulentas.

          Según la acusación, la organización se valía de múltiples mecanismos para controlar las subastas, impedir la libre competencia entre oferentes y quedarse con propiedades a valores muy inferiores a los de mercado. Parte de esas operaciones luego eran blanqueadas mediante resoluciones dictadas en los expedientes civiles, aunque para la fiscalía esa circunstancia no excluye la posible comisión de delitos en el plano penal.

          Durante la apelación, la defensa argumentó que distintas actuaciones de los juzgados civiles donde se tramitaron las subastas investigadas demostraban que las operaciones fueron aprobadas judicialmente, los pagos completados y las transferencias de los inmuebles realizadas sin observaciones, circunstancias que a su entender, justificaban el sobreseimiento de los acusados.

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          Sin embargo, la Cámara recordó que el artículo 341 del Código Procesal Penal bonaerense solo admite un sobreseimiento excepcional cuando aparecen pruebas nuevas que demuestren de manera evidente la inexistencia del delito o una causal de extinción de la acción penal, supuesto que no se verifica en este expediente.

          El Tribunal también sostuvo que los planteos defensivos implican una valoración de la prueba incorporada a la causa, cuestión que deberá ser debatida y resuelta durante el juicio y no mediante una decisión anticipada.

          El debate comenzará el 3 de agosto y será uno de los capítulos más relevantes de la investigación sobre "La Liga". En paralelo, la causa ya registró sus primeras condenas: dos integrantes de la organización recibieron penas de tres años de prisión condicional tras acordar juicios abreviados, mientras que el resto de los imputados continuará enfrentando distintos procesos judiciales por las maniobras investigadas.

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