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          Judiciales8 de mayo de 2026 | hace un mes

          Confirman condena a un traumatólogo por mala praxis tras la muerte de un paciente en Mar del Plata

          La Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó la condena contra un médico acusado de mala praxis tras la muerte de un paciente operado de una fractura de rótula en 2020.

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          La víctima falleció tras someterse a una intervención quirúrgica menor en 2020.
          La víctima falleció tras someterse a una intervención quirúrgica menor en 2020.

          La Justicia marplatense rechazó el planteo de nulidad presentado por la defensa del traumatólogo H.G.Q. y confirmó la sentencia por homicidio culposo. El fallo consideró acreditado que el profesional actuó con negligencia al no indicar anticoagulantes tras una cirugía de rodilla, lo que derivó en la muerte del paciente por un tromboembolismo pulmonar.

          La resolución fue dictada por la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Mar del Plata, integrada por los jueces Juan Pablo Lódola, Gastón De Marco y Leandro Favaro, en la causa “H.G.Q. s/Homicidio culposo”.

          El médico había sido condenado en febrero de 2026 por el Juzgado Correccional N°5 a un año de prisión de ejecución condicional y cinco años de inhabilitación para ejercer la medicina, tras la muerte de W.G., ocurrida el 26 de julio de 2020.

          tribunales

          Según la investigación, la víctima sufrió una fractura de rótula y fue intervenida quirúrgicamente en el Sanatorio Belgrano. La Justicia determinó que, al recibir el alta médica, no se le indicó continuar con tratamiento anticoagulante, pese al riesgo de formación de coágulos. Dos días después falleció en su domicilio a causa de un tromboembolismo pulmonar.

          La defensa cuestionó la validez del juicio oral y sostuvo que la actuación médica se ajustó a la “lex artis” (regla del buen actuar), argumentando que el paciente era joven, sano y con movilidad. También planteó dudas sobre el nexo causal entre la omisión médica y la muerte.

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          Sin embargo, la Cámara rechazó esos argumentos y respaldó la valoración probatoria realizada por el juez Leonardo Celsi. Los camaristas remarcaron que los peritos oficiales coincidieron en que el cuadro clínico requería anticoagulación preventiva y que la falta de esa indicación fue determinante en el desenlace fatal. Sostuvieron, asimismo, que el profesional “obró de un modo negligente”, afirmando que la condena se basó en “prueba suficiente y correctamente valorada”. 

          Con la resolución de segunda instancia, quedó firme la responsabilidad penal del médico por la muerte del paciente.
           

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