Farmacias deberán digitalizar por completo la dispensa de medicamentos
El Ministerio de Salud dispuso que todas las farmacias utilicen sistemas digitales para validar y registrar la entrega de medicamentos. La medida fija un plazo de 180 días para adecuarse.
:format(webp):quality(40)/https://qznoticiascdn.eleco.com.ar/media/2026/06/medicamentos_farmacias.jpg)
En una nueva etapa del proceso de modernización sanitaria, el Ministerio de Salud de la Nación estableció que las farmacias de todo el país deberán implementar sistemas digitales para registrar y validar la dispensa de medicamentos ambulatorios. La resolución, publicada hoy en el Boletín Oficial, busca fortalecer la trazabilidad, la interoperabilidad de los datos sanitarios y la fiscalización del sistema farmacéutico.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 638/2026, firmada por el ministro de Salud, Mario Iván Lugones, y establece la obligación de adoptar mecanismos digitales que permitan registrar cada entrega de medicamentos, promoviendo la eliminación progresiva de soportes físicos.
Entre las principales novedades, la normativa reconoce el uso de tokens digitales y otros mecanismos equivalentes como medios válidos para acreditar la identidad de los pacientes al momento de retirar medicamentos. Además, habilita que terceros autorizados puedan realizar el retiro mediante credenciales o autorizaciones digitales emitidas por plataformas habilitadas.
La resolución también obliga a las farmacias a registrar el documento de identidad de la persona que efectúe el retiro, ya sea el paciente o un tercero autorizado, y a conservar los datos de facturación vinculados a cada operación como respaldo para auditorías o eventuales reclamos.
Desde la cartera sanitaria señalaron que la iniciativa apunta a completar el proceso de digitalización de la receta electrónica, mejorar el acceso a información epidemiológica sobre el consumo de medicamentos y facilitar la integración de datos entre jurisdicciones. Asimismo, busca reforzar la seguridad de los pacientes y optimizar los mecanismos de control y fiscalización.
La disposición tendrá vigencia desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial y los sujetos alcanzados deberán cumplirla de manera inmediata, aunque contarán con un plazo máximo de 180 días corridos para realizar las adecuaciones técnicas y operativas necesarias. Además, el Gobierno invitó a las provincias a adherir al nuevo esquema de digitalización sanitaria.
